Alegato de prueba presentado por la Comisión el 11 de septiembre de 1991.


11 de septiembre de 1991

Señor Presidente:

De acuerdo con el plazo otorgado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su resolución del 3 de agosto de 1991, adjunto tengo el honor de enviar a usted la presentación de los puntos de prueba en los casos ¬Aloeboetoe y Otros¬y ¬Gangaram Panday¬.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresar a usted el testimonio de mi consideración más distinguida,

Edith Márquez Rodríguez

Secretaria Ejecutiva

Sr.

Héctor Fix-Zamudio, Presidente

Corte Interamericana de Derechos Humanos

Apartado 6906-1000

San José, Costa Rica

CASO GANGARAM PANDAY

No. 10.274

PRESENTACIÓN DE PUNTOS DE PRUEBA

Sin perjuicio de la petición de la Comisión presentada a la Ilustre Corte para que ésta concluya que los hechos fueron comprobados en el procedimiento ante la Comisión(1), se procede a ofrecer pruebas para el caso improbable que la Corte decida que existen circunstancias excepcionales que requieren que actúe como ¬juez de los hechos¬.

I. PUNTOS DE PRUEBA:

A) Detención del Sr. Asok Gangaram Panday

A.1) El Sr. Asok Gangaram Panday fue detenido en el aeropuerto de Zanderij el día 5 de noviembre de 1988.

A.2) La detención del Sr. Panday fue efectuada por la Policía Militar, sin la intervención de autoridades civiles.

A.3) Durante la detención del Sr. Gangaram Panday su familia no pudo visitarlo.

B) Muerte del Sr. Asok Gangaram Panday

B.1) El Sr. Asok Gangaram Panday murió mientras estaba detenido por la Policía Militar de Suriname.

B.2) El Sr. Gangaram Panday fue objeto de torturas u otras penas o tratos crueles inhumanos degradantes durante su detención.

B.3) La familia del Sr. Gangaram Panday no fue informada oportunamente de las circunstancias de la detención y muerte del Sr. Gangaram Panday.

B.4) La autopsia y documentos relativos a la muerte del Sr. Gangaram Panday no prueban fehacientemente que se suicidó.

C) Antecedentes del Sr. Asok Gangaram Panday

C.1) El Sr. Gangaram Panday volvió a Suriname voluntariamente después de más de 1 año de ausencia en Holanda. El Sr. Gangaram Panday no fue expulsado de Holanda por ¬razones de seguridad nacional¬y nunca fue condenado en Holanda por acción criminal de ninguna especie.

C.2) El Sr. Gangaram Panday era casado con hijos, y su familia le esperaba en el aeropuerto.

_____________

(1) Ver el Memorial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 1 de abril de 1991 y en particular sus conclusiones. Ver además nuestras observaciones a las Excepciones Preliminares planteadas por el Gobierno de Suriname.

C.3) El Sr. Gangaram Panday no tenía antecedentes de haber intentado cometer suicidio.

C.4) El Sr. Gangaram Panday envió un auto a Suriname antes de su retorno para trabajarlo como chofer de taxi.

D) Agotamiento de Recursos Internos

En Suriname existía una práctica de violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos, por lo cual era absolutamente ineficaz el agotamiento de los recursos internos.

II. PRUEBAS QUE SE OFRECEN Y PRESENTAN

A) Detención del Sr. Gangaram Panday

A.1) El Gobierno no disputa este punto

A.2) Prueba documental

- Informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos anexados al Memorial de la Comisión del 1 de abril de 1991

- Texto de la denuncia efectuada por Leo Gangaram Panday

A.3) Prueba testimonial

- Stanley Rensh

B) Muerte del Sr. Asok Gangaram Panday

B.1) El Gobierno no ha disputado este punto

B.2) Prueba documental

- Video del cadáver

- Informe del Perito, Dr. Richard J. Baltaro

- Texto de la denuncia efectuada por Leo Gangaram Panday

B.3) Prueba documental

- Texto de la denuncia efectuada por Leo Gangaram Panday

B.4) Prueba documental

- Informe del Dr. M.A.Vrede

- Informe del Dr. Richard J. Baltaro

- Texto de la denuncia efectuada por Leo Gangaram Panday

C) Antecedentes del Sr. Gangaram Panday

C.1) Prueba documental:

- Texto de la denuncia de Leo Gangaram Panday

- Correspondencia entre la Comisión y el Gobierno de Holanda (véase anexo)

C.2) Prueba documental:

- Texto de la denuncia de Leo Gangaram Panday

C.3) Prueba documental:

- Texto de la denuncia de Leo Gangaram Panday

C.4) Prueba documental:

- Texto de la denuncia de Leo Gangaram Panday

D) Agotamiento de recursos internos

D.1) Prueba documental:

- Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos anexados al Memorial de 1 de abril de 1991.

D.2) Prueba testimonial:

- Stanley Rensh

III. REPARACIÓN Y COSTAS

La Comisión y víctimas reservan el derecho de presentar pruebas sobre reparación y costas cuando la Honorable Corte lo estime oportuno.

IV. REITERAR PRUEBAS YA OFRECIDAS

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos incorpora como medios válidos de prueba todos los antecedentes presentados en su Memorial del 1 de abril de 1991, incluyendo la actitud asumida por el Gobierno de Suriname en los procedimientos efectuados ante la Comisión.


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