University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Poland, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.26 (1998).


 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO


Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales


POLONIA

1. En sus sesiones 10ª a 12ª, celebradas los días 4 y 5 de mayo de 1998, el Comité examinó el tercer informe periódico de Polonia sobre la aplicación del Pacto (E/1994/104/Add.13), junto con las respuestas escritas a la lista de cuestiones, y aprobó en la 26ª sesión (18º período de sesiones), celebrada el 14 de mayo de 1998 las siguientes observaciones.


A. Introducción


2. El Comité acoge complacido la presentación del tercer informe periódico de Polonia, que encontró muy completo y conforme a sus directrices para la preparación de informes. El Comité también expresa su reconocimiento por la información adicional presentada antes y durante el diálogo mantenido con una delegación muy bien informada, con la que pudo dialogar de manera abierta y constructiva.

B. Aspectos positivos


3. El Comité toma nota con satisfacción de la preeminencia de los derechos económicos, sociales y culturales en la nueva Constitución de 1997, que contiene disposiciones por las que se protegen, entre otras cosas, los derechos a ejercer libremente una ocupación, a condiciones de trabajo seguras, y a seguridad social, educación y vivienda. Acoge complacido también la intención expresada por el Estado Parte de atenerse a las normas internacionales de derechos humanos, inclusive la Carta Social Europea.

Asimismo el Comité toma nota con interés de que Polonia no tiene ninguna objeción sustantiva para ratificar el Convenio Nº 97 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a los trabajadores migrantes, el Nº 102 relativo a la norma mínima de seguridad social, el Nº 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas y el Nº 176 sobre la seguridad y la salud en las minas. Acoge también complacido la intención expresada por Polonia de ratificar los Convenios Nos. 102 y 176 y de examinar la posibilidad de ratificar otros tratados en un próximo futuro.


4. El Comité acoge asimismo con agrado la condición jurídica reconocida a los instrumentos jurídicos internacionales, inclusive el Pacto, en el derecho nacional polaco. En virtud de la nueva Constitución, pueden invocarse directamente ante los tribunales los tratados internacionales, excepto en el caso de los que no se consideran de aplicación automática. Se aseguró al Comité que cualesquiera disposiciones del Pacto que no se consideraran de aplicación automática se integrarían en el derecho nacional y surtirían efecto por esa vía. El Comité expresa su satisfacción por el hecho de que, en caso de conflicto con el derecho nacional, los tratados internacionales primen sobre aquél.


5. El Comité acoge con agrado la creación y funcionamiento de la Oficina del Comisionado de los Derechos de los Ciudadanos, a la que pueden dirigirse todos y cada uno y que parece tener suficientes poderes para investigar y solicitar reparación a las autoridades competentes. El Comité toma nota también de que en la nueva Constitución se prevé la creación del cargo de Comisionado para los Derechos del Niño. Espera con interés recibir información en el próximo informe del Estado Parte sobre las funciones específicas y las competencias de estos cargos, así como del curso dado a las decisiones o recomendaciones de los comisionados.


6. El Comité acoge con agrado el éxito logrado en los últimos cinco años en cuanto a los resultados económicos, especialmente en lo que respecta a mantener controlada la inflación, aumentar la producción y duplicar el nivel de ingresos per cápita desde 1994. También expresa satisfacción porque el Estado Parte haya pedido asistencia internacional en la aplicación de numerosos programas sociales y en la modernización de los servicios del Estado.


7. El Comité acoge con agrado el reciente Programa de Acción para la Mujer que tiene, entre otros objetivos, el de eliminar la violencia, y toma nota con interés de las seguridades dadas de que el próximo informe periódico tratará exhaustivamente de la violencia doméstica.


8. El Comité elogia los esfuerzos del Gobierno por mejorar sus servicios de mercado laboral con objeto de aumentar el acceso a las oportunidades de empleo, dar nueva formación a los trabajadores en los tipos de trabajos en demanda y prestar asistencia a aquellos que deseen trasladarse de zonas superpobladas a zonas rurales con poca población.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto


9. El Comité reconoce que, inevitablemente, el proceso de transición política a una forma de gobierno democrática presenta dificultades, como también se derivan algunos problemas de la transición a una economía orientada al mercado.

D. Principales motivos de preocupación


10. Con respecto a la cuestión de las minorías, el Comité observa con interés el tratado celebrado con Alemania sobre la minoría étnica alemana de Polonia, por el que se hacen valer diversos derechos de este grupo, incluido el de contar con un número fijo de escaños en el Parlamento y el de tener a su cargo más escuelas. El Comité observa que no se han celebrado tratados semejantes con respecto a otros grupos minoritarios y le preocupa que esa situación pueda llevar a desigualdades, de hecho o supuestas, entre las minorías.


11. El Comité observa que según la nueva Constitución, Polonia es un Estado laico y que no se atribuye ningún papel oficial a ninguna confesión religiosa. Al Comité le preocupa, no obstante, que las políticas y decisiones de índole social puedan estar excesivamente influidas por determinadas consideraciones religiosas, y no se tenga debidamente en cuenta la existencia de grupos religiosos minoritarios.


12. El Comité observa que recientemente se han impuesto restricciones al aborto, excluyéndose los motivos económicos y sociales como causa de aborto legal. El Comité expresa su preocupación porque la restricción pueda empujar a las mujeres de Polonia a recurrir para abortar a personas sin escrúpulos, poniendo así en peligro su salud. Le preocupa también al Comité que los servicios de planificación de la familia no formen parte del sistema de salud pública, negándose así a las mujeres el acceso a métodos anticonceptivos asequibles.


13. El Comité también expresa su inquietud por el aumento de la violencia doméstica y de la trata de muchachas, que reconoce el Gobierno. Toma nota de la falta de normas específicas contra el acoso sexual de la mujer, la falta de refugios para mujeres y niños víctimas de la violencia doméstica en el 33% de los distritos, y la aparente falta de servicios de asesoramiento para esas víctimas.


14. El Comité expresa su profunda inquietud por el hecho de que las mujeres no disfruten plenamente del derecho al trabajo. Toma nota de que no se observa el principio de a trabajo igual, igual remuneración. El Comité lamenta especialmente el hecho de que la remuneración de las mujeres sea sólo el 70% de la de los hombres, a pesar de tener en general un nivel más elevado de instrucción. También observa la existencia de prácticas discriminatorias tales como los anuncios de empleos en los que se especifica la preferencia por los empleados de un sexo determinado y la exigencia de que las mujeres que solicitan empleo se sometan a pruebas de embarazo, a pesar de que la ley lo prohíbe.

15. El Comité observa que, a pesar de los esfuerzos del Gobierno a que se alude en el párrafo 8, la tasa de desempleo es muy elevada en el Estado Parte. Le preocupan al Comité el gran número de desempleados y subempleados, especialmente jóvenes de las zonas rurales. El Comité sugiere que tal vez quepa achacar en parte las elevadas cifras de desempleo a los mercados "gris" y "negro", en que se trabaja sin contrato legal y no se pagan impuestos, o muy pocos, práctica a la que empuja en buena parte la elevada carga fiscal del empleo. El Comité toma nota de que las medidas con las que se pretende hacer frente a esta situación son nuevas y en el próximo informe periódico espera información sobre su resultado.


16. El Comité señala a la atención del Gobierno el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto y su Observación general 7 (1997) sobre el derecho a una vivienda adecuada. Al Comité le preocupan las presentes disposiciones legales por las que pueden llevarse a cabo desalojos sin proporcionar al mismo tiempo una solución de vivienda. El Comité observa también con inquietud el problema de las personas sin vivienda, ocasionado por la enorme escasez de éstas, el número relativamente elevado de familias que viven por debajo del umbral de pobreza y la reciente oleada de desalojos forzosos.


17. El Comité manifiesta su preocupación por el deterioro de los indicadores sanitarios registrado en los últimos cinco años. También señala a la atención diversas esferas de especial preocupación enunciadas en el diálogo, a saber, la baja del nivel de nutrición y el aumento del alcoholismo y de las enfermedades cardiovasculares y el cáncer.


18. Al Comité le preocupa que no se hagan cumplir adecuadamente las leyes de seguridad en el trabajo, lo que resulta en un número relativamente elevado de accidentes laborales, tanto en el sector privado como en el público.

E. Sugerencias y recomendaciones


19. El Comité recomienda que se tenga especial cuidado en velar por la plena observancia de los derechos de todos los grupos religiosos, especialmente en lo que atañe a las políticas nacionales, tales como la educación, la igualdad entre los sexos y la atención sanitaria. El Comité recomienda también que se respeten plenamente los derechos de todos los grupos minoritarios en cuanto a su participación en la política nacional y en la vida económica y su derecho a desarrollar y transmitir su cultura.


20. El Comité recomienda que no se escatimen esfuerzos para velar por el derecho de la mujer a la salud, especialmente a la salud reproductiva. Recomienda que los servicios de planificación de la familia estén al alcance de todos, inclusive el asesoramiento sobre alternativas seguras a la anticoncepción y la educación sexual apropiada e instructiva de los niños en edad escolar.


21. El Comité recomienda que se prohíba por ley el acoso sexual de la mujer. Recomienda que se establezcan refugios para mujeres y niños víctimas de violencia familiar en todos los distritos, con los servicios de apoyo necesarios, inclusive asesoramiento y asistencia de otra índole. Espera con interés recibir en el próximo informe periódico información detallada sobre el problema de la violencia doméstica y los resultados del Programa de Acción para la Mujer recientemente aprobado.

22. El Comité recomienda que se derogue la ley de ciudadanía de 1962 en la que se discrimina a la mujer, negándole el mismo derecho que al varón de transmitir la ciudadanía a su cónyuge extranjero.


23. El Comité recomienda que se proteja plenamente el derecho de la mujer al trabajo lo mismo que el del hombre, sobre la base de remuneración igual por trabajo igual. Sugiere que se emprenda un estudio sobre el tema y pide que en el próximo informe periódico del Estado Parte se dé información sobre las medidas adoptadas a este respecto.


24. El Comité insta al Estado Parte a adoptar las medidas apropiadas, especialmente el aumento del número de inspectores laborales del Estado y la ampliación de sus competencias para velar por que se cumpla debidamente la legislación de seguridad laboral.


25. El Comité recomienda que se especifiquen en la ley las condiciones en que pueden producirse los desalojos y se disponga lo necesario para dar soluciones de vivienda sustitutoria a los desalojados. El Comité insta al Estado Parte a adoptar todas las medidas conducentes a la solución del problema de la acuciante escasez de vivienda y de las personas sin vivienda. También recomienda que se establezcan las bases de fijación de los alquileres, de forma que se protejan al mismo tiempo los derechos de los propietarios y de los inquilinos, especialmente de los pertenecientes a los grupos sociales más vulnerables. El Comité sugiere que se faciliten a todos los consumidores, especialmente a los inquilinos, información sobre los derechos y los deberes de cada cual y sobre los medios de asistencia públicos y privados de que pueden disponer en una economía de mercado. El Comité destaca que el respeto del derecho a la vivienda debe comprender, cuando proceda, las medidas para asistir a aquellos que se ven en el peligro de quedarse sin vivienda o que de hecho se quedan sin ella debido a la subida desorbitada de los alquileres al eliminarse los subsidios para su pago.


26. El Comité recomienda al Estado Parte que lance una gran campaña de información pública para promover un estilo de vida saludable entre los polacos, a fin de mejorar la calidad de la nutrición, combatir el alcoholismo y el tabaquismo y reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares y de cáncer. Esa campaña debería abarcar las escuelas, y la información incorporarse en los programas ordinarios de estudio.


27. El Comité insta al Estado Parte a acelerar el proceso de ratificación de los Convenios Nos. 102, 176, 97 y 159 de la OIT y pide que la información sobre ese proceso, así como sobre todas las cuestiones abordadas en estas observaciones finales sobre las que se requiere información, se haga figurar en el próximo informe periódico que presente el Estado Parte.


28. El Comité insta al Estado Parte a dar amplia difusión a las presentes observaciones finales.

 

 



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