University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Italy, U.N. Doc. A/52/38/Rev.1, PartII paras. 322-364 (1997).


 

 

Italia

El Comité examinó los informes periódicos segundo y tercero de Italia (CEDAW/C/ITA/2 y 3) En su 346ª sesión, se informó al Comité de que su Mesa había obviado la norma general que requiere la publicación simultánea de documentos oficiales en todos los idiomas de trabajo del Comité, por lo que estuvo de acuerdo en examinar el documento CEDAW/C/ITA/3 sobre la base de la versión inglesa editada. en sus sesiones 346ª y 347ª, celebradas el 15 de julio de 1997 (véase CEDAW/C/SR.346 y 347).


Al presentar los informes, la representante de Italia dijo que las estrategias básicas de Italia con respecto al adelanto de la mujer eran la incorporación de una perspectiva de género y la habilitación de la mujer y que se percibía la diferencia de género como un recurso y no como una desventaja. La representante observó que las mujeres en Italia buscaban, a la sazón la libertad, la independencia y el desarrollo personal y ya no estaban dispuestas a verse limitadas a cumplir funciones sociales y familiares estereotipadas.


La representante observó que las italianas habían alcanzado altos niveles de instrucción y cada vez estaban más integradas al mercado de trabajo. Indicó que, paradójicamente, el aumento del empleo de la mujer se manifestaba en la alta tasa de desempleo entre las mujeres puesto que éstas ya no aceptaban volver a su papel tradicional de amas de casa.


La representante dijo que, lamentablemente, las actitudes masculinas y las estructuras básicas de la sociedad no habían cambiado al mismo ritmo que el de la emancipación de la mujer, y que con frecuencia los hombres se oponían decididamente a la participación de la mujer en la sociedad.


La representante señaló que las directrices básicas para la intervención gubernamental en favor del adelanto de la mujer se esbozaban en la directriz del Primer Ministro aprobada el 7 de marzo de 1997. La directriz, dirigida a todos los niveles de la administración pública tanto en el ámbito nacional como local, había sido formulada tras prolongadas consultas y debates parlamentarios y disponía que todos los miembros del Gabinete aplicasen la Plataforma de Acción de Beijing.


La representante informó al Comité de que Italia atravesaba en esos momentos un período de reforma del sistema de asistencia social, y que al mismo tiempo se estaban adoptando medidas para su integración a la Unión Monetaria Europea. Observó que esas reformas podían ir en detrimento de la mujer y, por ese motivo, eran fundamentales las medidas tendientes a incorporar una perspectiva de género en la reforma del sistema de asistencia social que Italia ya estaba aplicando.


La representante señaló a la atención del Comité las medidas que se habían adoptado en Italia para reducir el horario de trabajo y crear empleos, incluidas estrategias basadas en la comunidad que alentaban el espíritu empresarial entre las mujeres, por ejemplo, el otorgamiento de préstamos en condiciones favorables.


La representante indicó que en la sociedad italiana la carga de las responsabilidades familiares seguía recayendo principalmente sobre las mujeres, aunque había indicios de que los hombres ya estaban asumiendo responsabilidades en ese sentido. Indicó que el Gobierno estaba aplicando políticas y medidas tendientes a consolidar un cambio de perspectiva, entre ellas, la creación de oportunidades para la atención de la infancia, facilitadas por créditos fiscales e incentivos para organizaciones sin fines de lucro. Además, se estaban presentando proyectos de ley sobre licencia por nacimiento de hijos, así como medidas para introducir horarios de trabajo flexibles. La representante también mencionó la creación de asociaciones de tiempo compartido, en su mayor parte bajo la gerencia de mujeres, que propiciaban el intercambio de conocimientos prácticos y servicios en las comunidades.


La representante informó al Comité de que se había preparado un proyecto de ley sobre la violencia contra la mujer en el hogar, y que se había creado una comisión que se encargaría de investigar las denuncias de tortura, incluidas las violaciones, perpetradas por soldados italianos durante la misión de paz en Somalia en 1993. La representante observó que las italianas habían participado activamente en misiones de paz en el Oriente Medio, la ex Yugoslavia y Albania, y que el ingreso de la mujer en las fuerzas armadas italianas había dado motivo a que se redefiniera la función que cumplían las fuerzas armadas en el país.


La representante indicó que seguía habiendo poca representación femenina en puestos de dirección y que se estaban adoptando medidas para cambiar esta situación mediante enfoques que fomentaran la emancipación general de la mujer. Observó que en esos momentos había más mujeres ocupando puestos de dirección a nivel local y municipal. En particular existía una muy buena representación de la mujer en los gobiernos municipales del sur, incluida Sicilia.


La representante informó al Comité de que se habían lanzado en Italia campañas educacionales de lucha contra el racismo y la xenofobia, basadas en un modelo de sociedad multicultural. Observó que no sólo era necesario educar a la próxima generación, sino que también deberían crearse mecanismos para que las personas aprendieran las unas de las otras.


En sus conclusiones, la representante dijo que, si bien quedaba mucho por hacer en relación con la aplicación de la Convención en Italia, se había logrado oficializar la igualdad. Todavía se requerían esfuerzos para lograr una igualdad sustantiva, pero confiaba en que la combinación de estrategias de incorporación de una perspectiva de género y de habilitación de la mujer contribuiría a lograr este objetivo. En ese sentido, la representante destacó que el feminismo y los movimientos de la mujer ya habían transformado a la sociedad italiana, y que la incorporación de la mujer a las esferas de poder propiciaría nuevos cambios positivos.


Observaciones finales del Comité


Introducción


El Comité expresó su reconocimiento al Gobierno de Italia por su delegación de alto nivel encabezada por el Ministro de Igualdad de Oportunidades, y estimó que era muestra del compromiso del Estado parte de aplicar la Convención y de su reconocimiento a la labor del Comité.


El Comité tomó nota con satisfacción de que los informes segundo y tercero de Italia eran francos, exhaustivos y detallados. Ambos, en particular el tercero, mostraban habilidad política y orientación hacia el futuro y, junto con la exposición oral, explicaban las ideas que sustentaban las políticas y prioridades gubernamentales. No obstante, el Comité expresó su decepción por el hecho de que el tercer informe se hubiese presentado en una fecha tardía, lo que impidió que todos los miembros lo examinaran detenidamente por anticipado.


El Comité se mostró complacido por la calidad de la exposición oral y las respuestas a las preguntas formuladas, que llamaban a la reflexión y respondían con gran sensibilidad a los detalles y matices de las preguntas. La exposición oral permitía además reflexionar sobre el concepto de la igualdad de género y presentaba un cuadro estadístico completo de la posición de la mujer en la sociedad italiana.


Aspectos positivos


El Comité acogió con beneplácito el establecimiento por el actual Gobierno del Ministerio de Igualdad de Oportunidades como un ministerio de coordinación, y expresó su reconocimiento por las intensas gestiones de dicha oficina encaminadas a incorporar una perspectiva de género en los aspectos jurídico, institucional y social de la vida en Italia. Al respecto, encomió especialmente la directriz aprobada el 7 de marzo por el Primer Ministro para que se concentrara la atención en las cuestiones de género en una amplia gama de actividades.


El Comité tomó nota con reconocimiento de los esfuerzos constantes del Gobierno de Italia por promulgar leyes contra la discriminación. A este respecto, acogió con beneplácito la presentación ante el Parlamento, en fecha reciente, del proyecto de ley contra la violencia en el hogar y consideró que complementaba la Ley contra la Violencia aprobada en 1996. Recibió dichas iniciativas como demostraciones de la voluntad del Gobierno de garantizar la protección de los derechos humanos de la mujer y de luchar contra todos los tipos de violencia contra ella.


El Comité acogió con beneplácito las medidas de sensibilización y concienciación sobre el género adoptadas por el Gobierno, con miras a eliminar la xenofobia y el racismo de la sociedad italiana. El Comité señaló complacido que se estaba promoviendo la función de la mujer en el mantenimiento de la paz en diversas partes del mundo. Al respecto, el Comité tomó nota con satisfacción del compromiso de hacer frente a los actos de violencia contra mujeres presuntamente perpetrados por soldados italianos durante una misión de mantenimiento de la paz, y de las medidas adoptadas a ese respecto.


El Comité tomó nota con satisfacción de la intención del Ministerio de Igualdad de Oportunidades de garantizar la incorporación de la perspectiva de género en la próxima reforma de la asistencia social y de sus gestiones al respecto, desplazando la atención del "hombre como sostén de la familia" a fin de superar la injusticia que padecía la mujer y atender con más eficacia a las necesidades de los ancianos, particularmente las mujeres de edad.


El Comité acogió con beneplácito los avances notables de la mujer italiana en la esfera de la educación y en esferas profesionales, que habían aumentado considerablemente su independencia económica y contribuían a su igualdad de facto en muchos aspectos.


El Comité acogió con beneplácito las medidas adoptadas por el Gobierno para fomentar el espíritu empresarial entre las mujeres mediante el crédito o la supervisión y coordinación de las actividades de los distintos organismos públicos y privados en esta esfera.


El Comité reconoció las disposiciones progresistas y humanitarias de la ley italiana de inmigración, y en ese marco, reconoció en particular las disposiciones relativas a la protección de los derechos humanos de las inmigrantes.


Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención


El Comité señaló que la persistencia de importantes diferencias y desigualdades en los ámbitos cultural, social y económico entre el norte y el sur constituían graves obstáculos a la plena aplicación de la Convención para lograr la igualdad de facto en la sociedad italiana.


El Comité consideró que el incremento del número de mujeres pobres evidenciado en el hecho de que más del 60% de las familias encabezadas por mujeres se encontraban por debajo del límite de pobreza, constituía un grave obstáculo a la aplicación cabal de la Convención en Italia.


Principales esferas de preocupación


El Comité manifestó su inquietud respecto de la insuficiencia de las gestiones encaminadas a eliminar los estereotipos mediante la instrucción y otros medios públicos. Le causaba profunda preocupación que no se hubiesen adoptado en Italia medidas significativas para suprimir los estereotipos en los libros de texto y otros materiales didácticos y para dar mayor visibilidad a las contribuciones de la mujer a la historia y la sociedad.


El Comité manifestó su preocupación por la persistencia de normas y estereotipos patriarcales en la sociedad italiana, y en particular tomó nota con preocupación de la falta relativa de atención que se prestaba a este asunto en las políticas oficiales y por parte de los funcionarios públicos. El Comité consideró que las actitudes y medidas adoptadas por el Estado parte con objeto de "utilizar los propios recursos de la mujer" podían reforzar y exaltar las funciones estereotipadas de la mujer, y constituir así un obstáculo al logro de la igualdad de facto.


El Comité tomó nota con profunda preocupación de que la presencia de la mujer en la política y en la adopción de decisiones seguía siendo muy limitada y de que la participación política había disminuido en los últimos años. Al destacar la importancia de la presencia de la mujer en esos puestos, el Comité expresó preocupación acerca de la posibilidad de que el propio Gobierno hubiese contribuido a esa situación, al considerar innecesario el establecimiento de metas numéricas y cuotas.


El Comité también manifestó inquietud por la ausencia de un programa para sensibilizar al público, en particular a la policía, al sistema judicial y a los profesionales de la salud, respecto de las condiciones y necesidades de las víctimas de la violencia en el hogar. El Comité había manifestado profunda preocupación porque, en caso de no adoptarse medidas de esa índole, ni las leyes contra la discriminación ni las leyes relativas a la violencia contra la mujer bastarían para combatir con eficacia la discriminación directa ni para garantizar la presentación de información precisa y el enjuiciamiento riguroso de todas las formas de violencia contra la mujer.


El Comité tuvo preocupación por la carencia de datos desglosados por sexo en relación con el empleo a jornada parcial y destacó la importancia de vigilar de cerca ese asunto, entre otras cosas, mediante estadísticas actualizadas desglosadas por sexo con objeto de determinar la cantidad de trabajadoras a jornada parcial, ya que la desproporción en ese sector era un factor que contribuía a la discriminación indirecta.


El Comité expresó inquietud por la desigualdad en la distribución de responsabilidades familiares en Italia y por el hecho de que esas responsabilidades recayeran principalmente en la mujer, factor que se acentuaba más en el sur del país. Observó con preocupación que no se hacían esfuerzos mediante programas o por otros medios para alentar a los hombres a que asumieran sus responsabilidades domésticas y de atención de los hijos y los ancianos.


El Comité expresó preocupación por la falta de estadísticas y estudios sobre las causas de ciertos problemas de salud propios de la mujer. Observó con grave inquietud que los estudios revelaban un aumento de casos de cáncer pulmonar entre las mujeres. También observó el número elevado de intervenciones cesáreas y el hecho de que las mujeres no hicieran uso de las tecnologías de diagnóstico precoz, entre ellas la mamografía y la prueba de Papanicolau, además de que no se hubiera explicado ese fenómeno en el informe. Preocupó asimismo al Comité la falta de información sobre la higiene del trabajo y las enfermedades ocupacionales.


El Comité expresó particular preocupación por el acceso limitado al aborto que tenían las mujeres en el sur de Italia como resultado de las objeciones de conciencia de los médicos y el personal de los hospitales.


El Comité observó que, si bien en las reformas sociales que se estaban llevando a cabo se había dejado de lado el concepto de que el hombre era el sostén de la familia con objeto de dar a la mujer más autonomía y disminuir su humillante dependencia financiera, sentía preocupación en cuanto a que esas reformas plantearan verdaderos riesgos para las mujeres que eran, entre otras cosas, amas de casa y no formaban parte de la población trabajadora remunerada, o que habían interrumpido su carrera para criar a los hijos u ocuparse de otras responsabilidades, o para las mujeres de edad con capacidad limitada para generar ingresos.


Sugerencias y recomendaciones


El Comité recomendó al Gobierno de Italia que siguiera aplicando y fortaleciendo las medidas actuales encaminadas a potenciar el papel de la mujer y hacer hincapié en las cuestiones de género. Lo alentó a adoptar medidas afirmativas concretas que tuvieran por objeto establecer metas numéricas y cuotas particularmente en relación con los cargos públicos que entrañaban adopción de decisiones y formulación de políticas, en los que la igualdad de hecho de la mujer no se estuviera logrando al ritmo esperado.


El Comité instó al Gobierno de Italia a que adoptase medidas de envergadura para combatir la aceptación general de los estereotipos basados en el género, especialmente en el sur del país, alertando a la opinión pública acerca de la importancia de la distribución equitativa de las funciones y responsabilidades familiares entre mujeres y hombres. Al respecto, el Comité consideró esencial la revisión y reforma de los libros de texto y los materiales didácticos a fin de eliminar los estereotipos basados en el género.


El Comité recomendó al Gobierno de Italia que ampliara la legislación vigente o, de ser necesario, promulgara nueva legislación, con objeto de abordar eficazmente el fenómeno de la discriminación indirecta. Al respecto hizo hincapié en la importancia de aplicar medidas encaminadas a sensibilizar a los jueces, abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley con respecto a la discriminación indirecta y a las obligaciones internacionales de Italia, en particular las esbozadas en la Convención.


El Comité pidió al Gobierno que, en el próximo informe que Italia le presentara, suministrara información completa en la que se evaluaran las repercusiones de la legislación y la política relativas a la igualdad de la mujer y a la discriminación.


El Comité instó al Gobierno de Italia a iniciar una campaña de sensibilización pública en relación con la violencia en el hogar en sus diversas manifestaciones (sexual, física y otras) a efectos de garantizar la protección de los derechos humanos de la mujer y la niña en la familia. En particular, el Comité recomendó la introducción de medidas encaminadas a fomentar la denuncia de casos de violencia y a proporcionar mecanismos de tramitación eficaz y oportuna de esas denuncias. Al respecto, recomendó que se capacitara a los profesionales de la salud en la atención y el tratamiento de los casos de violencia en el hogar. El Comité recomendó además que se introdujeran medidas para aumentar el número de albergues para víctimas de la violencia en el hogar en toda Italia.


El Comité recomendó encarecidamente al Gobierno que adoptara medidas para garantizar a la mujer, y en particular a la mujer de Italia meridional, el ejercicio de sus derechos a la procreación, entre otras cosas, garantizándole el acceso al aborto en condiciones de seguridad en los hospitales públicos.


El Comité instó al Gobierno de Italia a que adoptara las medidas necesarias para hacer participar a las organizaciones no gubernamentales en la preparación del próximo informe que el país le presentara.


El Comité recomendó al Gobierno de Italia que, en su calidad de Estado miembro de la Unión Europea, adoptara iniciativas concretas para promover la aceptación por la Unión Europea de la Convención como instrumento fundamental de declaración de derechos de la mujer.


El Comité recomendó al Estado parte que velara por que todas las mujeres tuvieran ingresos adecuados y por establecer la obligación de maridos y padres de prestarles apoyo financiero. Recomendó también al Gobierno que introdujera medidas para obligar al pago de las pensiones alimentarias y para lograr una distribución justa de los bienes gananciales, incluso medidas que permitieran a los tribunales desconocer las disposiciones encaminadas a ocultar bienes e ingresos o que surtieran tal efecto y privaran a la mujer de sus derechos.


El Comité pidió al Gobierno de Italia que diera amplia difusión en todo el país a las presentes observaciones para sensibilizar a la población respecto de las medidas adoptadas para aplicar la Convención y de las demás medidas que correspondería aplicar a efectos de lograr la igualdad de hecho de la mujer.

 



Inicio || Tratados || Busca || Enlaces