University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Guyana, U.N. Doc. A/49/38, paras. 88-125 (1994).



 

 

 

Guyana


88. El Comité examinó el informe inicial de Guyana (CEDAW/C/5/Add.63) en sus sesiones 235ª y 239ª, celebradas los días 18 y 20 de enero (véase CEDAW/C/SR.235 y 239).


89. Al presentar el informe, la representante de Guyana puso de relieve que la crisis económica mundial del decenio de 1980 y la recesión económica resultante habían afectado gravemente a su país que era uno de los más vulnerables. El 40% de la población de los países de América Latina y el Caribe vivía en condiciones de pobreza, incapaz de satisfacer sus necesidades fundamentales. A raíz de la posición vulnerable que la mujer ocupaba en la sociedad, las crisis socioeconómicas la afectaban más severamente. El hecho de que la pobreza afectara más a la mujer que al hombre era un fenómeno común en la región.


90. Como consecuencia de los problemas económicos que comenzaron con la crisis del petróleo experimentada en el decenio de 1970 y el "socialismo cooperativo" que había sido la política oficial, el país había atravesado un período crítico que condujo al continuado desmoronamiento de la infraestructura básica. Un creciente desempleo y los bajos salarios habían conducido a la migración interna en números cada vez mayores y a la emigración de los hombres. El número de hogares con mujeres como jefes de familia aumentó del 24,4% en 1980 al 29,5% en 1992. También aumentó el porcentaje de mujeres emigrantes permanentes en los últimos años, con lo cual quedó un número mayor de hogares encabezados por un padre no casado. El ingreso de mujeres en la mano de obra había traído consigo los cambios más profundos del mercado laboral.


91. La representante afirmó que se había considerado a Guyana uno de los países más pobres del hemisferio occidental. El empobrecimiento generalizado de la mayoría de los naturales de Guyana había traído consigo la declinación persistente de la producción per cápita y de los salarios efectivos, en tanto que continuaron el aumento de los precios de los artículos básicos, el grave desmejoramiento de la calidad del sistema de enseñanza, el hambre y la malnutrición, la carencia de vivienda y el creciente número de niños de la calle, la deficiencia de la vivienda y la disminución de los servicios de salud pública. De esta desatención del desarrollo de los recursos humanos resultaron al cabo de pocos años una dramática disminución de la esperanza de vida y el aumento de la mortalidad infantil.


92. Los programas de ajuste estructural introducidos para responder a los problemas económicos habían creado nuevas formas de tensión que venían a sumarse a la crisis creada por la mala administración anterior. La grave escasez que se experimentaba en el abastecimiento de alimentos básicos había tenido una repercusión sobre las mujeres que se veían obligadas a hacer cola durante largas horas para adquirir artículos de primera necesidad. La reducción de los gastos públicos trajo consigo la declinación de los servicios sociales, en particular los de salud y enseñanza así como en la infraestructura, incluido el transporte, el abastecimiento de agua y la electricidad. Las mujeres, en su calidad de administradoras primarias del hogar y ganadoras del sustento, sufrieron particularmente esos efectos.


Observaciones generales


93. Los integrantes del Comité agradecieron el informe sumamente sincero, que había sido presentado con franqueza por un representante político de alto nivel. Recordaron que Guyana había dado muestras de su larga consagración a la Convención y se contaba entre los primeros Estados Miembros en firmar y ratificar la Convención sin reservas. También había sido el primer país de la región en presentar un candidato para integrar el Comité.


94. Los miembros del Comité acogieron con agrado la voluntad política de dar aplicación a la Convención, aunque eran conscientes de las restricciones de orden cultural, social y económico que se oponían a su ejecución. A la pregunta de si se daba plena aplicación de las disposiciones de la Convención en la legislación del país, la representante respondió que determinados artículos de la Convención se habían tratado en estatutos que tenían carácter ejecutorio en los tribunales. No había demora por parte del Gobierno en la reducción de la discriminación contra la mujer, puesto que ya en la Constitución de 1980 se habían previsto disposiciones con respecto a la igualdad de la mujer. En 1983 se aprobó la Ley sobre los hijos nacidos fuera de matrimonio, por la cual se eliminó toda discriminación contra los niños nacidos en esas condiciones. En 1990, el Parlamento aprobó la Ley sobre la igualdad de derechos por la que se concedió a la mujer el derecho a pedir restitución por las prácticas discriminatorias por motivos de sexo. La aplicación de la Convención ha mejorado la condición de la mujer en términos generales, ha despertado la conciencia respecto de la cuestión en las organizaciones de mujeres y en las instituciones dominadas por hombres y ha centrado la atención en los obstáculos que aún quedan por vencer.


95. Los miembros del Comité tenían interés en enterarse si en caso de violación de los derechos de la mujer se podía invocar la Convención, y cuál era la relación entre la legislación nacional y las disposiciones de la Convención. La representante respondió que la ley concedía a la mujer de Guyana un considerable grado de protección. El acceso de la mujer a los tribunales estaba garantizado mediante disposiciones del derecho constitucional y municipal.


96. En cuanto a la cuestión del calendario para el programa para el adelanto de la mujer, la representante respondió que existía una declaración de política nacional en materia de la mujer, aun que no se podía dar plena aplicación a varios programas en curso para la integración de la mujer en el desarrollo a raíz de las limitaciones económicas.


97. Los miembros tomaron nota de que en el informe se había puesto de relieve la eliminación de la discriminación de jure pero que hacía falta más información sobre la situación de facto de la mujer. En particular, se debería proporcionar más información estadística. Invitaron al Gobierno a que cuando preparara los informes siguientes se remitiera a las normas y hechos existentes e interpretara los cambios que se habían producido. Así se evitaría toda contradicción que pudiera figurar en el informe corriente. La representante señaló que su Gobierno tenía plena conciencia de las deficiencias en la reunión de datos y estadísticas y que buscaba asistencia de organismos internacionales para esos efectos.


98. Cuando se le preguntó si al preparar el informe se había consultado con organizaciones no gubernamentales, la representante destacó que como mecanismo nacional, la Oficina de Asuntos de la Mujer tenía relación directa con las organizaciones no gubernamentales de mujeres, y que en gran parte, había tenido a su cargo la preparación del informe.


99. Los miembros del Comité acogieron con agrado la clara descripción de las repercusiones negativas de los programas de ajuste estructural sobre la mujer, que demostraban en qué forma los cambios políticos y económicos podían afectar negativamente a la mujer en caso que no se considerara el desarrollo de los recursos humanos. Los miembros pidieron mayor información respecto de las medidas adoptadas por el Gobierno para mitigar los efectos negativos de los programas de ajuste estructural sobre la mujer y el niño. La representante mencionó que con arreglo al Programa de Mejoramiento del Efecto Social, durante un período limitado, se hacían pagos periódicos a las mujeres ancianas, embarazadas y a las madres lactantes a fin de mitigar el efecto del retiro de subvenciones gubernamentales a los artículos básicos. Guyana recibía asistencia de varios programas y organismos especializados de las Naciones Unidas y de otros donantes. Se habían completado 17 proyectos de atención sanitaria. No obstante, se habían experimentado considerables demoras en la ejecución de los proyectos, y la capacidad del Gobierno de asimilar la mayor asistencia que tanto necesitaba estaba limitada por su incapacidad de ofrecer los servicios de contraparte en la esfera administrativa y financiera.


100. Los miembros encomiaron la activa función que había desempeñado la mujer de Guyana en la lucha por la independencia, lo cual debería garantizarle el derecho a disfrutar de los derechos fundamentales sin condición alguna. A la pregunta de por qué los derechos básicos en la Constitución no sólo se vinculaban al respeto de los derechos y libertades de los demás, sino también al respeto del interés público, la representante expresó que eso no conducía al abuso ni a la injusticia puesto que cualquier parte agraviada podía presentarse ante los tribunales, en su calidad de guardianes de los derechos de los individuos con arreglo a la Constitución, para reclamar compensación.


Cuestiones relacionadas con determinados artículos


Artículo 2


101. Habida cuenta de la existencia de distintos grupos étnicos e indígenas en Guyana, los miembros querían saber si dichos grupos habían preservado sus antecedentes culturales puesto que la cultura podría utilizarse como fuerza de unificación del desarrollo. Se necesitaba más información sobre las costumbres y las tradiciones religiosas, y la forma en que afectaban a la mujer y socavaban las disposiciones de la Convención. La representante respondió que las comunidades étnicas más importantes eran los nativos de la India oriental (49,5%) y los africanos (35,6%), la población autóctona de indígenas de América integraba el 6,8% de la población. A raíz de la práctica de "dividir para reinar" utilizada durante la era colonial, los dos grupos raciales principales se dividieron a fines del decenio de 1950 y, nuevamente, en el decenio de 1960. Los indígenas autóctonos de América inicialmente tenían su propia cultura, aunque el proceso de socialización había alterado algunos sectores de la población indígena que participó en la vida nacional en las esferas de la enseñanza, la salud y la capacitación. Con arreglo a la Constitución, todos los ciudadanos tenían derecho a practicar sus costumbres y su religión. Se apelaba a ciertas normas religiosas para avasallar a la mujer, y no se le reconocía el derecho a elegir su propio marido ni se le permitía el ingreso en puestos de la jerarquía religiosa dominada por los hombres. No obstante, el problema fundamental que representa la dominación de la mujer por el hombre era intrínseco a todos los grupos raciales.


Artículo 3


102. Los miembros del Comité tomaron nota con reconocimiento de la designación de un ministro encargado del adelanto de la mujer y pidieron más información respecto del mandato del ministro, los límites que se habían impuesto a su labor y la existencia de centros de coordinación en varios otros ministerios. La representante respondió que el Ministerio del Trabajo, Bienestar, Seguridad Social y Vivienda tenía un Ministro de categoría superior encargado del trabajo y la vivienda y un Ministro de categoría menor responsable del bienestar y la seguridad social, que comprendía los asuntos de la mujer como una de las 11 esferas de responsabilidad. No se habían impuesto límites a la labor del Ministro. En cuanto al mecanismo nacional para la promoción de la mujer, el Ministro colaboraba semanalmente con los administradores de la Oficina de Asuntos de la Mujer.


Artículo 4


103. Se preguntó qué medidas temporales se habían adoptado para acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer. Los miembros preguntaron además respecto de los programas existentes para aumentar el número de mujeres en puestos responsables de adopción de decisiones en todos los niveles.


104. La representante respondió que la Oficina de Asuntos de la Mujer trabajaba en proyectos de supervisión y ejecución de proyectos destinados expresamente a la mujer, en particular en la adquisición de técnicas y educación, capacitación para la gestión de pequeñas empresas y salud.


Artículo 5


105. Asumiendo la hipótesis de un elevado índice de violencia contra la mujer, como en cualquier otra sociedad, los miembros pidieron información respecto del alcance de la violencia en todas sus formas, las medidas adoptadas por el Gobierno para eliminar la violencia, la intervención policial y los procedimientos judiciales. La representante respondió que había violencia en todos los sectores de la sociedad y que en 1993 un 48% de las mujeres había sufrido agresiones físicas. Hacía poco que las mujeres habían comenzado a denunciar las agresiones que sus maridos o convivientes cometían contra ellas. Cuando detenían a los perpetradores, los policías se mostraban muy a menudo renuentes a instruir cargos en su contra y consideraban que esas agresiones eran un asunto puramente doméstico. En consecuencia, las organizaciones de mujeres habían pedido que se nombrara investigadoras. Se han establecido refugios y albergues para mujeres víctimas de malos tratos y una línea de comunicación directa. Se presentará al Parlamento un proyecto de Ley sobre la Violencia en el Hogar que sigue el formato de proyectos análogos en otros países del Caribe. El Gobierno y las organizaciones no gubernamentales tenían en preparación un programa de educación para despertar los sentimientos de los jóvenes respecto de otras formas de solución de conflictos, autoestima y respeto a la mujer.


Artículo 6


106. Los miembros pidieron más información respecto de la prostitución y actividades conexas, y quisieron saber si las leyes y los programas concretos tenían el efecto de disminuir el número de prostitutas. La representante afirmó que la ley castigaba a todo hombre que a sabiendas se mantuviera total o parcialmente con ingresos derivados de la prostitución, o que solicitara actividades que atentaran contra la moral. Se hacían esfuerzos para mejorar los niveles de vida en las zonas rurales a fin de evitar el aumento de la prostitución vinculado a la migración de mujeres jóvenes a las zonas urbanas, y para alentarlas a que emprendieran actividades para generar ingresos.


Artículo 7


107. Al observar que en el informe se proporcionaban cifras del porcentaje de mujeres en determinados puestos de alto nivel, los miembros pidieron más información sobre el número de mujeres que ocupaban puestos en el nivel medio de la gestión y sobre las mujeres que participaban en organizaciones no gubernamentales, en partidos políticos y en sindicatos. La representante respondió que la mujer constituía un conjunto reducido aunque creciente de administradoras de nivel medio y bajo y que su participación había aumentado de 14,9% en 1985 al 25,4% en 1993. No obstante, la representación de la mujer a nivel ejecutivo había disminuido marcadamente del 25,5% al 12,4%, en el mismo período. La mujer desempeñaba una función de importancia en la adopción de decisiones únicamente en el sector de servicios con baja remuneración y en las profesiones docentes. Las mujeres trabajaban activamente en los sindicatos, tanto del sector privado como del público, y ocupaban algunas posiciones de alta categoría en los sectores de la gestión y la rama ejecutiva. No existían sindicatos integrados exclusivamente por mujeres.

108. La representante señaló que las mujeres eran una minoría evidente en los niveles más altos de la vida pública y política y estaban representadas insuficientemente en las principales posiciones. La participación de la mujer en la asamblea parlamentaria había aumentado notablemente, del 14% en 1980 al 22% en 1985, aunque disminuyó al 15,7% en 1993 con el cambio de gobierno. La falta de equilibrio en la representación de hombres y mujeres en el Parlamento también se reflejaba en el Gobierno en el que solamente se había designado a dos mujeres, una de ellas Ministro de Salud y la otra Ministro de Trabajo, Bienestar, Seguridad Social y Vivienda. Sin embargo, en otros puestos encargados de la adopción de decisiones en el Gobierno, la situación había mejorado con un aumento del número de secretarias permanentes y otros puestos de alto nivel, del 21,4% en 1987 al 33,3 en 1993. En el plano regional, el porcentaje de alcaldesas había disminuido del 40% en 1980 al 20% en 1986 y al 16,7% en 1993.


109. En cuanto a la participación de la mujer en los partidos políticos, la representante recordó la histórica participación de la mujer en la vida política, en especial en la labor de organización de los partidos y durante las elecciones. El problema principal radicaba en que sólo contadas mujeres podían llegar a los papeles de dirección de sus partidos a raíz de la competitividad de los varones, de su propia falta de agresividad y la carga adicional que representaba para la mujer la educación de los hijos.


Artículo 8


110. Los miembros reconocieron la franqueza del informe, pero pidieron explicaciones adicionales sobre los obstáculos que impedían que la mujer participase en el proceso de adopción de decisiones, y si había igualdad efectiva de oportunidades para la mujer en su acceso al poder en la vida pública. La representante respondió que las actitudes estereotipadas de los hombres y las mujeres inhibían el acceso de la mujer a los puestos encargados de la adopción de decisiones. Puesto que había un número mayor de mujeres que ingresaba en la vida profesional, se esperaba que se modificara esa tendencia.


Artículo 10


111. Cuando se le pidió mayor información sobre las tasas de abandono de los estudios correspondientes a las muchachas, la representante afirmó que sólo el 18,9% de las mujeres abandonaba los estudios de nivel terciario en comparación con el 81,2% de hombres. No se disponía de datos en cuanto a las tasas de abandono de los estudios a nivel primario y secundario, aunque se suministraría esa información en el informe siguiente. Se daba a los que abandonaban los estudios una segunda oportunidad de continuar estudios superiores con respecto a la pregunta para determinar si los programas mencionados en el informe estaban destinados a las técnicas profesionales estereotipadas, la representante respondió afirmando que ambos sexos podían aspirar a los programas, aunque las mujeres optaban por programas de estudio que tradicionalmente se han orientado a la mujer.

111. Artículo 11


112. Se pidió más información respecto de la igualdad de acceso de la mujer a la capacitación, la segregación en el empleo y el empleo de la mujer en las actividades de salud, enseñanza y en el sector industrial y la aportación que hace a la agricultura.


113. La representante indicó que la mujer tenía igualdad de acceso a la enseñanza y a la capacitación. La capacitación formaba parte integrante de la participación de la mujer en el empleo. La división del trabajo definida en función de los sexos estaba vinculada a la definición tradicional de la función económica de la mujer y la mayoría de las mujeres estaba empleada en el sector de trabajos de oficina, ventas y servicios. En el sector agrícola, en el que una baja proporción de mujeres había encontrado empleo, no se había tenido en cuenta la participación de la mujer en la agricultura y la avicultura de subsistencia en el hogar para generar ingresos adicionales para la familia.


114. Una elevada proporción de mujeres económicamente inactivas se dedicaba a las tareas domésticas, pero esa cifra había disminuido a raíz del cambio del papel de la mujer que tenía necesidad de complementar los ingresos familiares.


115. Los miembros desearon saber si la mujer tenía igualdad de oportunidades con el hombre para obtener puestos de trabajo a tiempo completo. La representante señaló que aunque la mujer tenía igualdad de oportunidades con el hombre, tenía la carga adicional de las actividades de crianza de los niños que tradicionalmente se ha considerado una responsabilidad de la mujer. La ausencia de servicios de atención de la infancia afectaba negativamente a la participación de la mujer en la mano de obra, en particular si no podían confiar en los abuelos o en parientes ancianos. Había organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que ofrecían algunos servicios de guardería para los niños.


116. Para responder a la pregunta sobre la igualdad de la remuneración entre hombres y mujeres, la representante citó la Ley sobre la Igualdad de Derechos de 1990 en la cual se dispone, entre otras cosas, que las mujeres y los hombres recibirán igual remuneración por trabajo igual o por trabajo de la misma naturaleza. Aunque en términos generales se pagaba a la mujer lo mismo que al hombre, en algunas organizaciones del sector privado aún se pagaba menos a la mujer que tenía calificaciones similares y cumplía las mismas tareas.


Artículo 12


117. Los miembros pidieron más información sobre los programas destinados a luchar contra la pandemia del SIDA y el VIH y sobre los servicios existentes para las mujeres infectadas. La representante destacó que el incremento de infección del VIH entre las mujeres excedía con mucho el de los hombres aunque había menos mujeres portadores del virus que hombres. El Gobierno había iniciado programas de educación para luchar contra la propagación del SIDA entre los jóvenes, alentando el empleo y la aceptación de condones. Se habían celebrado deliberaciones respecto de la eliminación de los tabúes vinculados con el sexo y el comportamiento sexual. La representante informó además de los esfuerzos que se hacían para evitar que se estigmatizara a las víctimas del SIDA.


118. Por lo que se refiere al grave problema de la anemia como enfermedad sumamente incapacitante para la mujer, los miembros desearon saber si la malnutrición de la mujer era producto del régimen alimentario tradicional, la falta de variedad de los alimentos o la pobreza. Habida cuenta de la disminución de la esperanza de vida, los miembros pidieron que se les informara de las causas comunes de mortalidad entre las mujeres. La representante afirmó que algunas de los factores que contribuían a ello eran los embarazos de alto riesgo, la falta de auxiliares médicos capacitados, la malnutrición y los abortos. La reducción del 50% de los gastos del Gobierno en servicios de salud había repercutido sobre el 86% de la población que se consideraba que vivía por debajo del nivel de pobreza, en particular las mujeres.


119. En cuanto a la planificación de la familia, los miembros pidieron información sobre la existencia de un programa nacional de planificación de la familia, sobre el acceso a servicios especiales de maternidad y sobre la disponibilidad, utilización y aceptación general de los anticonceptivos. La representante informó al Comité de que en 166 consultorios en todo el país se ofrecía asesoramiento sobre la planificación de la familia y se incluía el suministro de diversas formas de anticonceptivos, servicios pre y posnatales, inmunización, pruebas de Papanicolaou, diagnóstico del embarazo, asesoramiento y tratamiento de la infertilidad y la fecundidad. Por lo general, había una gran aceptación de la planificación de la familia entre las mujeres. Una organización para la paternidad responsable llevaba a cabo programas educativos para los jóvenes. La representante manifestó además que no había una política gubernamental sobre la planificación de la familia debido a las altas tasas de mortalidad y emigración que acusan las tendencias demográficas de Guyana.


120. Respecto de la incidencia de los abortos, la representante señaló que el número de abortos ilegales era elevado puesto que a menudo las mujeres recurrían al aborto como forma de anticonceptivo ya que no tenían acceso a otros métodos de planificación de la familia. El número más elevado de abortos ocurría en el grupo de 24 a 29 años de edad y entre las mujeres de la India oriental a las que seguían las mujeres de la raza negra. Se estaba examinando la posibilidad de eliminar la tipificación de delito atribuido al aborto, tal como se proponía en un proyecto de ley presentado al Parlamento.


Artículo 14


121. Los miembros del Comité acogieron con agrado la política de descentralización y expresaron su deseo de recibir mayor información sobre la participación de la mujer en el plano de distrito. La representante respondió que, en general, la mujer participaba en todos los sectores de la vida en las zonas rurales. Después de las elecciones de 1992, se había producido un resurgimiento de los grupos de desarrollo de la comunidad en los cuales la mujer desempeñaba una función importante.


Artículo 16


122. En cuanto a la reforma del derecho de la familia, los miembros expresaron la opinión de que debía preferirse un planteamiento más amplio a un proceso segmentado de enmienda. Debería prestarse especial atención a la armonización con el resto de los países del Caribe. La representante estuvo de acuerdo con esa idea y agregó que en el curso del último decenio las organizaciones de mujeres habían pedido el establecimiento de un tribunal de la familia. Informó además al Comité de la Ley de Enmienda sobre los Bienes de Personas Casadas y de la Ley sobre la Previsión para Familiares a Cargo, aprobadas en 1990, por las cuales se modificaron las leyes relacionadas con la división de bienes entre cónyuges en la disolución del matrimonio o la interrupción de una relación de convivencia. Al responder a una pregunta sobre la igualdad de la división de los bienes gananciales en caso de divorcio, la representante declaró que en la Ley de Enmienda sobre los Bienes de Personas Casadas se había previsto que al evaluar la contribución de la mujer a la adquisición de bienes gananciales se cuantificaran los servicios que prestaba la esposa en el hogar.


123. Se pidió más información sobre los hogares cuyo jefe de familia era una mujer, en particular sobre la incidencia entre los distintos grupos étnicos, sobre su aceptación cultural y los programas del Gobierno destinados a prestar colaboración en esas situaciones. La representante lamentó no disponer de información sobre las mujeres jefes de familia, pero prometió que en el segundo informe periódico se presentaría esa información. Aunque los hogares encabezados por mujeres eran muy numerosos, la incidencia era mayor entre la población afroguyanesa.


124. Se pidió información concreta sobre la Ley sobre la Igualdad de Derechos que permitía que los tribunales definieran la discriminación y sobre las instancias en que se hubiera aplicado esa Ley. La representante informó al Comité de que en la Ley no se definía la discriminación y de que jamás se había considerado en los tribunales debido a la aprobación relativamente reciente de la Ley. Hasta el momento no se había presentado ningún caso en que se denunciara la discriminación.


125. El Comité difirió sus observaciones finales sobre el informe de Guyana hasta su 14º período de sesiones.

 



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