University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Chile, U.N. Doc. A/54/38, paras. 202-235 (1999).


 

 

 

Chile


1. El Comité examinó los informes periódicos segundo y tercero de Chile (CEDAW/C/CHI/2 y CEDAW/C/CHI/3) en sus sesiones 442ª y 443ª, celebradas el 22 de junio de 1999 (véanse los documentos CEDAW/C/SR.442 y 443).


a) Presentación por el Estado parte


1. En su declaración la representante del Gobierno de Chile describió el contexto social, cultural y político en el que el Gobierno de Chile da cumplimiento a la Convención e informó al Comité de los arreglos institucionales realizados a partir de la restauración de la democracia. Recordó que Chile había establecido en 1949 el primer mecanismo gubernamental de la mujer en la Presidencia de la República. Destacó que la creación del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) en 1991, había constituido un factor preponderante para la incorporación de la perspectiva de género en la política pública y la consolidación del principio de la igualdad de las mujeres chilenas, con efecto en todo el país a través de las direcciones regionales.

2. Entre las actividades realizadas por SERNAM en el ámbito legislativo, la representante destacó que uno de los hitos del siglo para la condición de las mujeres chilenas había sido la reforma de la constitución política aprobada recientemente, por la que se consagra la igualdad jurídica de mujeres y hombres al más alto rango legislativo, al modificarse los artículos 1 y 19. En cuanto al derecho de familia, se refirió igualmente a la adopción de la Ley de Violencia Intrafamiliar de 1994, para cuya mejor aplicación se había creado la Comisión Interministerial de Prevención de Violencia Intrafamiliar coordinada por SERNAM, y destacó la modificación del Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación por la ley publicada en octubre de 1998, la que constituye una importante reforma para el futuro de los niños y niñas de hoy.

3. Con el propósito de garantizar la igualdad entre marido y mujer en el orden personal y patrimonial, la representante señaló también la ley de 1994, por la que se había establecido la participación en los gananciales como régimen patrimonial opcional dentro del matrimonio.

4. La representante hizo notar también la puesta en marcha del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres 1994–1999, que se había integrado al Programa de Gobierno en 1995 y se había transformado en el principal instrumento de apoyo al cumplimiento de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y de la Plataforma de Acción adoptada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995. También destacó las propuestas de Políticas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres Rurales que SERNAM había preparado en conjunto con la sociedad civil.

5. La representante de Chile subrayó el compromiso de los Gobiernos democráticos para superar la extrema pobreza en Chile y, en ese sentido, informó que SERNAM había puesto en marcha un programa integral para habilitar laboralmente a las mujeres de escasos recursos, preferentemente las jefas de hogar, lo que había permitido disminuir el número de hogares pobres en el país, por el aporte económico de las mujeres.

6. La representante también hizo hincapié en que era en el ámbito laboral donde se habían producido mayores transformaciones legales y realizado importantes actividades programáticas, tanto en lo que se refiere al acceso y mejora de las condiciones de inserción de las mujeres en el mercado de trabajo, como la promoción de las responsabilidades familiares compartidas y la protección de la maternidad. Subrayó que SERNAM continuaba desarrollando el Programa de Trabajadoras Temporeras para adecuar la oferta de los sectores públicos a sus necesidades y otorgarle capacitación en liderazgo, favoreciendo su visibilidad. Entre los avances legislativos mencionó la modificación del Código de Trabajo que otorgaba servicios de sala de cuna a las trabajadoras y la protección del fuero maternal a las trabajadoras domésticas.

7. La representante destacó los importantes logros alcanzados en la salud de la mujer y la niña chilena, destacando la reducción de la mortalidad materna a 0,2 por cada 100.000 nacidos vivos. Reconoció la incidencia de los embarazos de adolescentes e informó de las Jornadas de Conversación sobre Afectividad y Sexualidad que se fundan en un nuevo enfoque educativo y que SERNAM había puesto en marcha, en cooperación con otros organismos del Estado, con el objeto de prevenir tales situaciones. Asimismo, indicó que el aborto inducido era un problema de salud pública en Chile; se estimaba que se realizaba un aborto por cada cuatro embarazos y constituía la segunda causa de muerte materna. Ello no obstante, destacó que la legislación chilena prohibía y penalizaba el aborto en todas sus formas.

8. La representante informó también al Comité de los avances en la participación política de las mujeres en varias instancias e instituciones de los tres poderes del Estado, en especial en el nivel de base; sin embargo, seguía siendo muy limitada en las instancias de toma de decisión, como la Corte Suprema o el Senado. Hizo referencia a los esfuerzos desarrollados por varios grupos con vistas a asegurar niveles de participación de mujeres en el Congreso. Informó también que se había facilitado la incorporación de criterios de igualdad de oportunidades para funcionarias y funcionarios en varios ministerios del Gobierno.

9. La representante mencionó los esfuerzos realizados por SERNAM para lograr la institucionalización de la dimensión de género en las políticas públicas del Estado. En este sentido indicó que SERNAM había llevado a cabo una tarea creciente de sensibilización y capacitación en la perspectiva de género a funcionarios públicos y había realizado programas de difusión de los derechos de las mujeres estableciendo centros de información de los derechos de la mujer en todas las regiones del país.

10. La representante concluyó señalando que el Gobierno de Chile estaba en el proceso de elaborar un nuevo plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que abarque un periodo de 10 años, 2000–2010, de manera tal que las políticas de igualdad trasciendan los gobiernos y se transformen en políticas del Estado. Recalcó que este plan sería preparado con la participación de todos los sectores de la sociedad chilena.


b) Observaciones finales del Comité


Introducción


1. El Comité expresa su reconocimiento al Gobierno de Chile por la presentación de su segundo y tercer informes periódicos, en especial el haber incorporado en el tercer informe algunos datos solicitados por el Comité en ocasión del examen del informe inicial. El Comité agradece la amplia y detallada respuesta a las preguntas formuladas por el Comité, acompañada de datos estadísticos, en cuya preparación se incluyeron las aportaciones de los ministerios y servicios públicos que tienen que ver en las materias de referencia, así como las de un grupo de organizaciones no gubernamentales de mujeres y redes temáticas. El Comité agradece asimismo la presentación oral que mostró en forma transparente y sincera los avances logrados y los obstáculos que se han enfrentado y aún se plantean para alcanzar la igualdad de jure y de facto de las mujeres chilenas. En ambos casos, el Comité obtuvo un panorama mas amplio de la situación general de la aplicación de la Convención.

2. El Comité encomia al Gobierno de Chile la decisión de hacerse representar con una delegación encabezada por la Directora Ministra del Servicio Nacional de la Mujer integrada por especialistas en los temas de la Convención. El Comité toma nota de que tanto el tercer informe, como las respuestas dadas a las preguntas del Comité incluyen datos referidos al cumplimiento de los compromisos de la Plataforma de Acción de Beijing.


Aspectos positivos


1. El Comité felicita al Gobierno de Chile por lograr la aprobación de varias reformas legislativas, incluyendo la enmienda a los artículos 1 y 19 de la Constitución de la República sobre la igualdad de mujeres y hombres; la Ley de Violencia Intrafamiliar; las reformas por las que se mejoran las condiciones del acceso al empleo y la capacitación, las jornadas de trabajo y beneficios sociales para las trabajadoras, incluyendo las trabajadoras domésticas, así como las reformas del Código Civil relacionadas con el derecho de familia. Esas reformas refuerzan la igualdad jurídica entre marido y mujer estableciendo un régimen de bienes, introducen un patrimonio familiar común y disponen el tratamiento equitativo de los hijos, independientemente de que hayan nacido dentro o fuera del matrimonio.

2. El Comité encomia al Gobierno por la voluntad política demostrada para aplicar la Convención y el fortalecimiento del SERNAM mediante la continuidad de sus programas como servicio público descentralizado en las 13 regiones del país, otorgándole además autonomía presupuestaria, así como la adopción del plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y su implementación a nivel nacional.

3. Asimismo, el Comité elogia la adopción de políticas y la realización de varias actividades y programas del Gobierno con vistas a asegurar la igualdad de las niñas y las mujeres en la educación, alcanzando el 94,6% de alfabetización en el país. El Comité encomia las políticas correspondientes al mejoramiento de las condiciones de vida de las trabajadoras temporeras; de capacitación laboral para los jóvenes de ambos sexos y el programa de becas para las jefas de hogar, así como el alto nivel de cobertura de atención de la salud primaria. El Comité encomia la decisión del Gobierno de incorporar la perspectiva de género en todo el quehacer social, a fin de lograr su integración en la definición y adopción de políticas públicas y la incorporación del principio de igualdad en varias esferas creando bases sólidas para la equidad de género.

4. El Comité encomia los esfuerzos realizados por el Gobierno de Chile para difundir información relativa a los derechos humanos de la mujer en diversas esferas sociales y al ejercicio de esos derechos. También observa con satisfacción las medidas adoptadas con la participación de todos los sectores gubernamentales y la sociedad civil con objeto de prevenir y combatir la violencia intrafamiliar, entre ellas el establecimiento de una dependencia específica en el área de carabineros y la creación de 17 oficinas especializadas del poder judicial.

5. El Comité toma nota con agrado del seguimiento que se ha dado a la aplicación de las recomendaciones y decisiones de las conferencias mundiales del decenio de 1990, entre ellas la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijing.


Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención


1. El Comité se percata de que, aunque las mujeres de Chile han desempeñado un importante papel en la defensa de los derechos humanos y en la restauración de la democracia en su país, la persistencia de estereotipos y actitudes tradicionales que se agravaron como resultado de las secuelas de 20 años de dictadura militar ha hecho más lenta la aplicación cabal de la Convención.


Principales esferas de preocupación y recomendaciones


1. Para el Comité es motivo de preocupación la desprotección de las mujeres en materia de derecho de familia, lo cual limita, entre otras cosas, la capacidad de la mujer para administrar sus propios bienes o los bienes poseídos en común. El Comité está preocupado también por la inexistencia de disposiciones relativas a la disolución del vínculo matrimonial. Esos aspectos resultan gravemente discriminatorios para la mujer, tanto en sus relaciones familiares como en lo que atañe al pleno ejercicio de sus derechos económicos y sociales.

2. El Comité recomienda al Gobierno que elabore y apoye enérgicamente leyes que autoricen el divorcio, permitan a la mujer volverse a casar tras el divorcio y reconozcan derechos iguales a ambos cónyuges en la administración de los bienes durante el matrimonio y derechos iguales en relación con esos bienes en caso de divorcio. El Comité recomienda también que se otorgue a la mujer el derecho a iniciar proceso de divorcio en igualdad de condiciones que los hombres.

3. Preocupa al Comité la persistencia de conceptos estereotipados sobre el papel de las mujeres y los hombres en la sociedad. El Comité toma nota de que los patrones sociales imperantes, tales como el la deserción escolar de las adolescentes debido al embarazo temprano, las tareas domésticas que se asignan a las jóvenes y a las mujeres y las obligaciones diferentes que se encomiendan a las mujeres y a los hombres, revelan que subsisten prejuicios sociales y culturales profundamente arraigados que afectan negativamente al logro de la igualdad de la mujer. Preocupa al Comité que los cambios legislativos, aunque son positivos, han sido insuficientes para alcanzar la plena igualdad de facto entre las mujeres y los hombres.

4. Para el Comité es motivo de preocupación el bajo índice de participación de la mujer en la política y la administración gubernamental, en particular en puestos de adopción de decisiones.

5. El Comité insta al Gobierno a fortalecer las medidas adoptadas aplicando estrategias amplias, entre ellas medidas especiales temporales, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, con objeto de fomentar una mayor participación de la mujer en la vida pública, en particular en el proceso de adopción de decisiones, y promover el cambio de actitudes y percepciones, tanto de las mujeres como de los hombres, en cuanto a sus respectivos papeles en el hogar, la familia, el trabajo y la sociedad en su conjunto. En particular, el Comité recomienda que el Gobierno tenga en cuenta las recomendaciones generales 21 y 23, relativas a la igualdad en el matrimonio, las relaciones familiares y la vida pública, que fortalezca e intensifique las medidas dirigidas a crear conciencia de la importancia del papel, las actividades y las contribuciones múltiples de la mujer en la comunidad y en la familia y que, en general, promueva la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

6. El Comité observa con preocupación la alta tasa de embarazos de adolescentes y el hecho de que un alto porcentaje de esas jóvenes sean madres solteras y que un gran número de ellas está en los primeros años de su adolescencia. El Comité observa que un considerable número de los embarazos de adolescentes pueden estar vinculados a actos de violencia sexual contra las jóvenes. Observa también que muchas jóvenes son embarazadas por muchachos adolescentes. Además, el Comité toma nota con preocupación de que únicamente las adolescentes embarazadas son expulsadas de los establecimientos educacionales privados, en los ciclos secundario y preparatorio.

7. El Comité recomienda que el Gobierno y SERNAM examinen la situación de la población adolescente con prioridad y exhorta al Gobierno a adoptar varias medidas para que se presten servicios efectivos de salud reproductiva y sexual y se preste atención a las necesidades de información de los adolescentes, incluso mediante la difusión de programas de planificación de la familia e información sobre métodos anticonceptivos, aprovechando entre otros medios la puesta en marcha de programas eficaces de educación sexual. Insta también al Gobierno a esforzarse por lograr la promulgación de una ley en que se prohíba explícitamente la expulsión de las jóvenes adolescentes de los establecimientos educacionales, privados y públicos, por causa de embarazo.

8. El Comité manifiesta su preocupación ante el inadecuado reconocimiento y protección de los derechos reproductivos de las mujeres en Chile. El Comité está preocupado, en particular, por las leyes que prohíben y penalizan toda forma de aborto. Esas leyes afectan a la salud de la mujer, dan lugar a que aumente la mortalidad derivada de la maternidad y ocasionan nuevos sufrimientos cuando las mujeres son encarceladas por violar esas disposiciones. El Comité está preocupado también por que las mujeres sólo puedan someterse a esterilización en una institución de salud pública. Asimismo, está preocupado por que sea necesario el consentimiento del marido para la esterilización y por que la mujer que desee ser esterilizada debe haber tenido ya cuatro hijos. El Comité considera que esas disposiciones violan los derechos humanos de todas las mujeres.

9. El Comité recomienda que el Gobierno contemple la posibilidad de llevar a cabo una revisión de la legislación relacionada con el aborto con miras a enmendarla, en particular con objeto de proporcionar abortos en condiciones de seguridad y permitir la interrupción del embarazo por razones terapéuticas o relacionadas con la salud de la mujer, incluida la salud mental. El Comité insta también al Gobierno a revisar las leyes en que se exige que los profesionales del sector de la salud informen sobre las mujeres que se someten a aborto a los organismos encargados de hacer cumplir las leyes, los cuales imponen sanciones penales a esas mujeres. También pide al Gobierno que refuerce las medidas encaminadas a la prevención de embarazos no deseados, incluso ampliando la disponibilidad sin restricciones de medios anticonceptivos de toda índole. El Comité recomienda que se reconozca el derecho de las mujeres a obtener la esterilización sin requerir el previo consentimiento del marido o de ninguna otra persona. En ese sentido, el Comité sugiere que el Gobierno tenga en cuenta su recomendación general 21, relativa al matrimonio y las relaciones de familia, y 24, relativa al artículo 12, sobre la mujer y la salud.

10. El Comité toma nota con preocupación de que un gran número de trabajadoras del pequeño comercio y del sector informal tienen reducidos ingresos, lo que les dificulta la posibilidad de incorporarse al sistema provisional actual. Asimismo, preocupa al Comité que a pesar de los esfuerzos realizados a través de SERNAM, las trabajadoras de temporada enfrenten situaciones particularmente precarias en sus condiciones de trabajo, salarios y cuidado de los niños.

11. El Comité solicita al Gobierno que en su próximo informe incluya datos sobre el contenido y aplicación del nuevo plan de igualdad de oportunidades 2000–2010 que está en preparación, así como información estadística sobre la condición de las mujeres trabajadoras y el avance en sus condiciones de vida, y acerca de las facilidades para el cuidado de los niños y el problema del acoso sexual en el trabajo.

12. El Comité solicita que el Gobierno le proporcione datos en su próximo informe sobre los avances en la situación de las mujeres rurales y las mujeres indígenas, en especial sobre sus condiciones de salud, empleo y educación.

13. El Comité solicita que en el próximo informe se incluyan datos acerca de la incidencia entre las mujeres de todas las edades del consumo del tabaco y sobre el abuso del alcohol y otras substancias.

14. El Comité recomienda que el Gobierno de Chile incluya en su próximo informe periódico las medidas adoptadas para atender las preocupaciones expuestas en las presentes observaciones finales.

15. El Comité recomienda que se dé amplia difusión en Chile a las presentes observaciones finales a fin de que toda la sociedad chilena y, en particular, el Gobierno, los administradores y los políticos tomen conciencia de las medidas que se han adoptado para garantizar la igualdad de la mujer de jure y de facto y las demás medidas necesarias a ese respecto. El Comité pide también al Gobierno que siga difundiendo ampliamente, en particular entre las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención, las recomendaciones generales del Comité y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

 



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