University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura, Italy, U.N. Doc. A/50/44, paras. 146-158 (1995).



 

 

 


Italia


El Comité examinó el segundo informe periódico de Italia (CAT/C/25/Add.4) en sus sesiones 214ª y 215ª celebradas el 27 de abril de 1995 (CAT/C/SR.214 y 215) y adoptó las siguientes conclusiones y recomendaciones.


A. Introducción

El Comité aprecia la presentación del informe periódico de Italia y agradece la buena exposición verbal con que se lo presentó. No obstante, observa que el informe no cumple adecuadamente con las pautas que ha elaborado el Comité para esta clase de informes (CAT/C/14), especialmente en el suministro de datos y respuestas que se habían solicitado con anterioridad. Además, tampoco se ha acompañado el informe general con los datos básicos del Estado Parte, requerido por las directivas. A pesar de ello, el Comité pudo entablar un diálogo constructivo con la delegación que satisfizo muchas inquietudes que se le plantearon.


B. Aspectos positivos

El Comité observa con gran satisfacción el decidido compromiso de Italia en la defensa de los derechos humanos, lo que se ha manifestado en la suscripción de numerosos convenios, tanto en el ámbito regional como universal.

Asimismo, advierte que es un paso muy constructivo haber autorizado la publicación del informe del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, a raíz de la visita que se efectuara a Italia.

Es muy gratificante el importante aumento de la contribución que ha hecho Italia al Fondo de Contribuciones Voluntarias para las Víctimas de la Tortura.

Resultan también alentadoras las disposiciones de la Ley 296, en lo referente al trabajo de los reclusos, las nuevas medidas, alternativas a la detención, como el arresto domiciliario, y las reglas de la Ley 492 en lo relativo al traslado de prisioneros.

Por último, cabe felicitar al Estado Parte por la abolición total de la pena de muerte de su legislación.


C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación

Al igual que el Comité de Derechos Humanos, este Comité nota alguna tendencia a un trato discriminatorio por parte de sectores de las fuerzas policiales y guardianes de cárceles respecto de extranjeros, lo que se traduce en la violación de sus derechos. Además, no contribuye positivamente la existencia de un gran número de funcionarios públicos implicados en actos de corrupción.


D. Motivos de preocupación

El Comité observa con preocupación la persistencia de casos de malos tratos en las prisiones y por parte de agentes de policía. Incluso se advierte una peligrosa tendencia a cierto racismo, pues las víctimas o bien pertenecen a algunos países extranjeros o a minorías.

Organizaciones no gubernamentales de acreditada confiabilidad han hecho llegar al Comité una serie de hechos graves de torturas y, en algún caso, muerte de detenidos. Las sanciones a los agentes del orden no parecen guardar proporción con la gravedad de tales hechos.

De igual manera, causa cierta alarma la cantidad de presos sin condena, el hacinamiento existente en las cárceles y la suspensión, aun temporal, de normas humanitarias acerca del tratamiento de reclusos.


E. Recomendaciones

El Comité sugiere al Estado Parte lo siguiente:

a) que siga analizando la posibilidad de incluir en su legislación penal el concepto de tortura que contempla la Convención;

b) que garantice de mejor manera el derecho de la víctima de tortura a ser indemnizada por el Estado, y se le brinde algún programa de rehabilitación;

c) que vigile el efectivo cumplimiento de las salvaguardias durante la detención preventiva, especialmente el acceso a médico de confianza y a asistencia letrada;

d) que vele por que las denuncias de malos tratos y torturas sean rápida y eficazmente investigadas, y que se imponga a los responsables, de ser el caso, una sanción adecuada y efectiva;

e) que se establezcan más programas de capacitación y formación para los funcionarios encargados de aplicar la ley y personal médico.

El Comité requiere, asimismo, que se hagan llegar los textos legales que se pidieron, como la restante información solicitada por miembros del Comité (resultado de los procesos en trámite, estadísticas, organización judicial, etc.) y espera que en el próximo informe periódico se informe sobre todas las medidas adoptadas.




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